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El Ayuntamiento de Fraga regula los usos y edificaciones del suelo no urbanizable del municipio

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Fecha: 
Mar. 03, 2016
Tema: 
Urbanismo y obras públicas

El Ayuntamiento de Fraga ha regulado los usos y edificaciones del suelo no urbanizable del municipio a través de la modificación aislada nº47 del Plan General de Ordenación Urbana. Se trata de una norma que fue aprobada en diciembre de 2015 y que está en vigor desde el pasado 2 de febrero. El Ayuntamiento de Fraga la ha dado a conocer esta mañana en una Jornada Técnica sobre Urbanismo que se ha desarrollado en el Palacio Montcada de Fraga y en la que han participado el arquitecto técnico municipal, Daniel Jones;  la secretaria del Ayuntamiento, Arantxa  Casals; el alcalde de Fraga, Miguel Luis Lapeña, y el director general de Urbanismo del Gobierno de Aragón, Carmelo Bosque Palacín. 

Además de regular los usos y edificaciones del suelo no urbanizable, esta modificación revisa las calificaciones urbanísticas, regula la implantación de las industrias vinculadas directamente con la actividad agrícola y establece las condiciones de implantación de edificaciones en relación con el riesgo de inundación. 

El alcalde, Miguel Luis Lapeña, ha señalado que se trata de “una regulación muy importante para Fraga, que ha sido planteada teniendo en cuenta tanto la estructura de propiedad del suelo rústico, como su uso actual desde el punto de vista económico, social o cultural”. La normativa recoge usos y edificaciones novedosas como la denominada caseta recreativa y regula la implantación de industrias vinculadas directamente con la actividad agrícola, una actividad que, según ha expresado el alcalde, “posee un carácter estratégico fundamental para el municipio”.

La denominada caseta recreativa o maset es, según la normativa, una edificación pequeña destinada al uso recreativo privado de una finca de suelo no urbanizable en la que se admite la instalación de un cuarto de baño o aseo, bancada de cocina y chimenea, y en la que no se admite la división en habitaciones. El arquitecto técnico municipal, Daniel Jones, ha señalado que “este nuevo uso permite regular una edificación muy utilizada tradicionalmente en el municipio”.

El actual Plan General de Ordenación Urbana de Fraga es una norma aprobada en el año 1984 que, según ha indicado el arquitecto municipal, “se encuentra desfasada en relación a la legislación autonómica y en relación a las necesidades de uso de la población del municipio”. Una situación que se ha tratado de paliar con la aprobación de diferentes modificaciones aisladas. 

En ese sentido, el director General de Urbanismo del Gobierno de Aragón, Carmelo Bosque Palacín, ha aplaudido la decisión del Ayuntamiento de Fraga de “impulsar la revisión del Plan General de Ordenación Urbana para que incluya y reúna las sucesivas modificaciones aisladas que se han aprobado”.

Arantxa Casals y Daniel Jones
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