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Bando con motivo de las Hogueras de San Antón

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Fecha: 
Ene. 10, 2023
Tema: 
Cultura y ocio
Medio Ambiente
D. Santiago Burgos Sorolla, Alcalde del M.I. Ayuntamiento de la Ciudad de Fraga, hace saber:
Que el artículo 145 del Título VII de la Ordenanza de Seguridad y Convivencia Ciudadana de la Ciudad de Fraga, en relación con las Hogueras y Fogatas dispone:
1. “Salvo en caso de celebraciones o fiestas populares, promovidas por el Ayuntamiento, agrupaciones o asociaciones de vecinos y contando con la correspondiente autorización municipal de acuerdo con la normativa vigente, queda prohibido encender hogueras y fogatas en las vías y espacios públicos del municipio.”
Así pues en las vías públicas que se encuentren pavimentadas será necesario colocar previamente arena para evitar los daños en el pavimento y accidentes personales.
Las hogueras deberán colocarse en lugares que no impidan la libre circulación de vehículos y peatones.
Una vez finalizada la actividad, deberán retirarse las cenizas así como cualquier otro tipo de residuo generado durante la celebración de la fiesta alrededor de la hoguera, en el plazo de doce horas desde el encendido de la misma.
hoguera
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